Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA el decreto de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, solicitada por los profesionales del derecho, ciudadanos JOSE A. RONDON y FERNANDO A. RAMIREZ GUZMAN, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 5.226 y 76.884 respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales del ciudadano: LUIS ENRIQUE SANCHEZ MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.31.743, y domiciliado en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, parte demandante en el juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, hubiere incoado en contra de la ciudadana LUISA MELINDA GUERRA ALMEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Iden.....