Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda por Cumplimiento de Contrato, interpuesta por el ciudadano Luis Alberto Pérez, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.252.002, en contra de la empresa Multinacional de Seguros, C.A., de conformidad con la norma antes citada concatenada con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.