en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: declarar con lugar la solicitud presentada por la ciudadana ROSMELYS CECILIA ESPINOZA FEMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.708.486, debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Tercera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, Abg. MARTHA AGUILERA; SEGUNDO: se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ROSMELYS CECILIA ESPINOZA FEMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.708.486, a los fines de que realice los trámites pertinentes para la EXPEDICION DE PASAPORTE de su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) . Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada.....