Concluida la evacuación y la revisión de las pruebas documentales; en consecuencia esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, sede Barcelona , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Se Declarar Con Lugar la solicitud de INSERCION DE ACTAS DE REGISTRO DE NACIMIENTO, presentada por la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico, ABG LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento de la ciudadana: ANAYH CAROLINA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.339.013, domiciliada en la Avenida Jorge Rodríguez, residencias Marina Beach, edificio Bahamas, piso 01, apto 1-1, sector Maguey Sur, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, en beneficio del adolescente: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución.....