En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (REGULACION DE COMPETENCIA), interpuesto por la ciudadana ANA GABRIELA RONDON, en contra de la ciudadana COOPERATIVA LOS LIBERTADORES 199, RL, ambas partes plenamente identificadas en autos, como así se declara, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-