Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana MELBIS KATHERINE ESTABA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-21.081.179, domiciliado en: Calle Principal, Sector El Guayabo, Casa Nº 66, Barrio Chuparin Arriba, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Defensor Público Auxiliar Cuarto del Sistema de Protección del Estado Anzoátegui, el ABG. JUAN CARLOS AZOCAR MATA, SEGUNDO: Designar a la ciudadana MARIA RAFAELA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.193.491, domic.....