Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos NELSON CELESTINO ROSAS RODRIGUEZ, EMNEL XILEF ROSAS GUERRA Y MARIANGEL DEL VALLE ROSAS GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.824.403, 16.719.985 y 18.848.642, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara GARY GRAY GUERRA DE ROSAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, nacida en estado Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, de 56 años de edad, cedula de identidad Nro. 5.191.793, de estado civil casada, domiciliada en Vía el Rincón Putucual, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui ,fallecida ab-intestato en su residencia Vía el Rincón Sector Putucual de Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del estado Anzoátegui, en fecha .....