Así mismo se observa que la solicitud de prorroga fue presentada en escrito debidamente fundado en el cual se leen las razones que motivaron la presente petición fiscal, los cuales están relacionadas con la necesidad de los días solicitados para continuar con la investigación y recabar no solo los resultados de las diligencias ya ordenadas, sino también cualquier otra que les permitan esclarecer la totalidad de los hechos relacionados con la presunta participación del ciudadano TONY ALEJANDRO CAGUANA, ANDRES TOMAS SANCHEZ JIMENEZ, JESUS MANUEL LOPEZ RAUSEO Y OSWALDO JOSE RIVAS HERMOSA, en la comisión de uno de los delitos contra la moral; las buenas costumbres y el buen orden de las familias.-
En tal sentido, y en virtud de lo anteriormente expuesto y con fundamento a lo establecido en el articulo 79 parágrafo único, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Mediditas.....