Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. EULALIA ELENA LEZAMA, en su carácter de Defensora Pública Décima Segunda en Fase de Ejecución del penado WILFREDO RAFAEL MOTA COA, titular de la cédula de identidad número 17.733.042; en consecuencia, conforme a los artículos 20 y 52 del Código Penal, se acuerda la Conversión del Resto de la Pena que le falta por cumplir al mencionado penado en CONFINAMIENTO por un tiempo igual al que resta de la pena, en la siguiente dirección: Calle Principal, San Fernando, Barrio Ajuro, Casa S/n, de color azul, propiedad de la señora BENICIA DEL VALLE COA, ubicada en la población de Cumanacoa, Vía Maturín, Estado Monagas; debiéndose presentar mensualmente hasta el día 10-10-2.009 ante la .....