esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, presentado por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, a requerimiento del ciudadano MIGUEL ANGEL MADRID , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.490.736, domiciliado en el Callejón Orinoco, Casa Nº 84, Barrio EL Espejo I, Barcelona, Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana YERITZA DEL CARMEN LUNAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.601.911, domiciliada en la Calle Páez, Casa Nº 08, Urbanización Zamora, Barcelona, Estado Anzoátegui, a favor de su hijo, el niño (Se Omite de Conformidad .....