este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDER0S del "de cujus" PLACIDO RODRIGUEZ, a los ciudadanos: INES MARIA SALAZAR DE RODRIGUEZ, ELIDA CATALINA, EDGAR RICE, TIBISAY JOSEFINA, LELYS JOSE, Y ARGENIS RAFAEL RODRIGUEZ SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad Nros 4.510.944, 5.471.943, 5.995.177, 8.462.514, 8.471.894 y 8.968.757, en sus carácter de cónyuge e hijos, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.