Por las razones expuestas este Tribunal Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana CAROLE ELLIOTT MACHUCA, y ordena que el ciudadano; Registrador Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, estampe una nota marginal en el Acta de Nacimiento que cursa en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 1960, Acta signada con el N°: 289 folio 289-290, Libro Principal Nº 1 en la que escriba correctamente, el nombre de la ciudadana CAROLE ELLIOTT MACHUCA , y así: Donde dice, "CAROLE ELLIOT MACHUCA", debe decir "CAROLE ELLIOTT MACHUCA".- De conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil, se ordena participarle lo conducente al Registrador Civil del Municipio Simón Rodríguez, y al Registrador Principal, ambos del Estado Anzoátegui .-