-DISPOSITIVA-
Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE MANUEL CASTILLO HURTADO, en su carácter de defensor de confianza del ciudadano ANTONIO BARRETO, contra la decisión dictada por el Juzgado de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, Extensión el Tigre, en fecha 01 de febrero de 2.005, mediante la cual DECRETO MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, al citado ciudadano, de conformidad con lo establecido en los ordinales 4° y 9° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa al Tribunal de origen, en su debida oportunidad.
LOS JUECES INTEGRANTES DE LA CORTE DE APELACIONES
La Juez Presidente,
Dra. María Guadalupe.....