Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos MARIO JOSÉ VILERA GONZALEZ y ELIZABETH CAROLINA GONZALEZ LÓPEZ, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha veintiséis de noviembre de dos mil cinco, por ante l Dirección de Registro Civil de Matrimonio llevados por la Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui cuya Acta de Matrimonio quedó en el Libro Nº 02 del Registro Civil de Matrimonios, asentada bajo el Nº 466, Folios Nº 466, llevado por ante ese despacho durante el año 2005.- Así se decide.-