DECISION
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda por PAGO DE LO INDEBIDO, interpuesta por la ciudadana ZEZARINA GUEVARA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 8. 236. 107, de profesión Abogado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 62. 571, actuando en defensa de sus derechos e intereses, contra la Sociedad Mercantil DESARROLLO MARINA RIO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 14 de marzo de 2001, bajo el N.°.12, Tomo A- 22, siendo modificada posteriormente en fechas 23 de mayo de 2001, anotada bajo el N°......