Los EXPERTOS nombrados explican y detallan en su informe pericial de donde obtienen cada uno de los cálculos y conceptos laborales, determinándolos con precisión dentro de los límites del fallo proferido por el Tribunal el día 25 de mayo del 2.004. En atención al último dictamen pericial precedentemente señalado, solicitado por este Tribunal y fundamentado en lo que al respecto señala la última parte del artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgador con apego a lo preceptuado en la parte in fine del artículo in comento, fija definitivamente la estimación de lo que corresponde pagar a las empresas accionadas a la demandante, ciudadana SOYKI KARIM ROJAS SILVA, en las cantidades, por los conceptos y determinaciones establecidas en la experticia complementaria del fallo que fuera realizada y presentada a esta instancia por los ciudadanos IRIS TRIANA y RISTER DELTONY RODRÍGUEZ BOADA, que riela a los folios 273 al 281, ambos inclusive, del expediente y en consecuencia se con.....