Ahora bien, en atención al criterio y a todo lo antes señalado, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Inadmisible las pruebas promovidas por la parte demandada, en los Capítulos siguientes: Capítulo II, de la prueba por escrito, en su numeral II.2, y numeral II.3, Capítulo VI De las pruebas de testigos, en su numeral VI.1., Capítulo VIII De la prueba libre, particular VIII.1., y la contenida en el Capítulo VIII.Numeral 1.2, Inspección judicial.. Así se decide.-