Ahora bien, Conforme al procedimiento establecido en el artículo 185-A del Código Civil, admitida como fue dicha solicitud en fecha trece (13) de Agosto de 2009, se libró Boleta de Citación a la ciudadana Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, dándose por citada en fecha Seis (06) de Octubre de 2.009, constando su citación en autos en fecha Seis (06) de Octubre de 2.009, tal como se desprende en autos (Folio 06), no objetando nada al respecto, ni dentro del término legal ninguna otra oportunidad.- Considera el Tribunal que la petición de los cónyuges esta plenamente ajustada a derecho, y que se han cumplido durante el proceso todas las exigencias establecidas en la Ley para que sean procedentes sus pedimentos.- Y en razón de los hechos antes expuestos, constando en autos que los cónyuges habiendo contraído matrimonio Civil el Treinta y Uno (31) de Julio de 1.982, y habiéndose separado el Veinticinco (25) de Mayo del año 2000, por lo que de hecho tienen más.....