Éste Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado CARLOS LUIS GOMEZ GOMEZ, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-26.637.170, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el día 05/11/1997, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Operador de Mantenimiento, hijo de JAQUELINE JOSEFINA GOMEZ y CRUZ RAMON RODRIGUEZ, ambos vivos, residenciado en la Calle Libertad, casa N° 13, Parcela 109, Sector Los Jardines, Barrio el Viñedo, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y penado en el artículo 458, del Código Penal, y DETENTACION DE ARMA BLANCA, tipificado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el articulo 15 de la Ley especial; todo de conformidad con los artículos 236, 237 y 238, todos del Código O.....