este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido intentada por el ciudadano CESAR AUGUSTO YUSTTI, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 9.318.824, en contra de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE SEGURIDAD BM, C.A., en consecuencia:
1) Se declara injustificado el despido de fecha 19 de agosto de 2009;
2) Se ordena el reenganche del actor a su puesto de trabajo habitual de SUPERVISOR, y se condena a la demandada al pago de los salarios caídos al actor a razón de Bs. F. 113,33 diarios, desde la fecha en que fue formalmente notificada la demandada (01-12-09), hasta la efectiva reincorporación del actor a su puesto de trabajo o la persistencia del despido, de conformidad con el artículo 190 de la Ley Orgánica Pro.....