Por los razonamientos antes indicados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA la CESACION de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO, impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado en sentencia de fecha 20 de Agosto del año 2003, dictada el Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Sección de Adolescente, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 5 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículos, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal Venezolano; cometido en perjuicio del ciudadano MANUEL JOSE MEDINA RODRIGUEZ, por haber operado la PRESCRIPCIÓN de la misma y ORDENA CITAR al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, para que comparezca por ante este Tribunal, en .....