DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Divorcio, introducida por la Dra. MARISELA MILLAN SALAZAR, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.878, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: RENOLD JOSE JORDAN SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.309.802, en contra de su cónyuge NORA DEL VALLE CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.486.517, en cuanto a la Causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el matrimonio contraído el 25 de Noviembre de 1.980, por ante la Prefectura del Municipio Freites del Estado Anzoátegui.
Notifíquese a las partes de esta decisión.