este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley , DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante y CON LUGAR la demanda por Resolución de contrato de Arrendamiento, suscrito entre la ciudadana FRANCA FABRETTO DE LODI RIZZINI y la sociedad mercantil BODEGON Y EXQUISITECES SINZUL, C. A., ambas identificadas en autos, y RESUELVE, el contrato de arrendamiento sobre el local comercial No. 04, del cuerpo de locales comerciales que forma parte del Conjunto Puinare , ubicado en la Avenida Sotavento Sur Sector La Península, Zona El Morro, Municipio Urbaneja de este Estado, y ordena hacer entrega del mismo a la mencionada FRANCA FABRETTO DE LODI RIZZINI, libre de bienes y personas, en el mismo buen estado en que lo recibió. Queda así REVOCADA la decisión apelada.
Se condena en costas a la parte recurrida por haber sido totalmente vencida en el proceso, de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
No.....