Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ORDENA la ubicación del imputado IDENTIDAD OMITIDA, y comisionando suficientemente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Barcelona para materializar su ubicación, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes y Líbrense oficio. Cúmplase.