En consecuencia, se ordena oficiar al Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la empresa CAPINAVI, ubicada en la Torre INAVI, Avenida Francisco de Miranda, Municipio Chacao, Distrito Capital, a los fines de que remita a este Juzgado de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, en cheque de gerencia a nombre de la ciudadana ALICIA OSCARINA SARMIENTO GUERRERO, LA CUOTA PARTE, correspondiente por concepto de las Acreencias del Montepío, que les corresponden al adolescente y niña antes identificados, así como los intereses sobre dichos montos y cualquier otro beneficio por el fallecimiento de su abuelo paterno ciudadano HERNAN WLADIMIR SIFONTES RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-50.555, fallecido Ab-intestato el día veintitrés (23) del mes de Febrero del año dos mil ocho (2008), para ser depositado en la cuenta de ahorros que oportunamente aperturarà el Tribunal,.....