Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por el Abogado Reimundo Mejías La Rosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.029, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Héctor José Martínez Osorio, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.062.424, parte demandante en la presente causa, este Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser ilegales e impertinentes, las Pruebas Documentales contenidas en los particulares Nros. 1, 2 y 3, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.