En base a las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO el procedimiento y EXTINGUIDO el proceso, interpuesto por el ciudadano Lienart José Muñoz Fernández, antes identificado, contra la empresa HALCOVI, C.A.
Remítase el expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines consiguientes.-