DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Conforme al artículo 112, ordinal 1° del Código Penal Venezolano, se decreta la PRESCRIPCION DE LA PENA que le fuera impuesta al ciudadano AARON JOSE LORES PEREZ, titular de la cédula de identidad número 8.262.629, quien fuera condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción, cometido en perjuicio del ciudadano ADOLFO ANTONIO FARIAS ARRIOJAS. SEGUNDO: Remítanse oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegaciones Puerto La Cruz y Barcelona de éste Estado; así como al Jefe de SIIPOL, del referido Organismo de Investigación Penal, con sede en la ciudad de Caracas, Dis.....