Este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSE DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a los Ciudadanos: CESAR VALLENILLA RAUSSEO, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-575.651, EDNA LEDIS VALLENILLA MENESES titular de la cedula de identidad N° V-6.062.965 y MILITGLA MERCEDES VALLENILLA MENESES, titular de la cedula de identidad N°V-8.472.437, en su condición de Esposo e Hijos, respectivamente, como ÚNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante: EDNA LEDIZ MENESES DE VALLENILLA quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.455.3491.- Se dejan a salvo los derechos de terceros