Ahora bien, por cuanto se evidencia que las prenombradas bienhechurias se encuentran enclavadas en un lote de terreno perteneciente al Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, según se evidencia de Carta Catastral C.D.C Nº 274-2015, expedida por el ciudadano: T.S.U Jesús Gamboa, Coordinador de Catastro en fecha 15-07-2015, cursante al folio tres (03), la información favorable sobre la condición jurídica del terreno, expedida por la Dra. Lourdes Herrera, Sindico Procurador, SM-039/2015, de fecha 16-07-2015, cursante al folio cuatro (04) y las declaraciones rendidas por los ciudadanos: PEDRO CESAR MARTINEZ CUPARE y EUCARI CAROLIBNA CAMEJO YTANARE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 8.403.553 y 19.939.873, respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Freites, Sector Casco Central, casa Nº 36 de la ciudad de Santa Ana, Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui y la segunda en la Calle Camejo, sector Casco Central de la ciudad de Santa Ana, Mu.....