Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a la ciudadana KARINA DEL VALLE RENGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-19.673.105, domiciliada en: Invasión de la Eulalia Buroz, antes de llegar a Cruz Verde, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese a los ciudadanos ANDERSON DAVID ARAY CHINA y ANA MARIA ARAY CHINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-19.168.309 y V-16.490.910, respectivamente, domiciliados el primero en: La Ponderosa, calle Monagas, casa S/#, Barcelona, Estado Anzoátegui y la segunda en Avenida Principal de Cruz Verde, después del Túnel, la primera casa a man.....