Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la pretensión de Cobro de Bolívares, incoada por el ciudadano Ramiro Francisco Velásquez Lugo contra el ciudadano Juan Carlos Mejía Matíz, ambos ya identificados, y en consecuencia:
1.- Se ordena a la parte demandada, ciudadano Juan Carlos Mejía Matíz, a cancelar a la parte demandante, ciudadano Ramiro Francisco Velásquez Lugo, la cantidad de setecientos ocho mil bolívares (Bs. 708.000,00), monto al que asciende el capital adeudado.
2.- Se ordena a la parte demandada, ciudadano Juan Carlos Mejía Matíz, a cancelar a la parte demandante, ciudadano Ramiro Francisco Velásquez Lugo, la suma de siete mil ochenta bolívares exactos (Bs. 7.080,00), correspondiente a los intereses calculados a la tasa d.....