en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud, con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana ROXANA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.570.178, debidamente asistida por la abogado en ejercicio JOSE GREGORIO FUENAMAYOR S, Inscrito en el Ipsa bajo el Nº 201.529; mediante la cual solicita la disolución del vínculo conyugal que la une al ciudadano ALEJANDRO JOSE ARVINO CAPRILES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-.....