Por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la cuestión previa de Incompetencia del tribunal interpuesta por la demandada SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A, declarándose en consecuencia INCOMPETENTE este tribunal para continuar conociendo de la presente causa y, acuerda remitir las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-