Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por la ciudadana antes mencionada, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos JESUS SALVADOR MENDEZ SUAREZ, GREGORIO ANTONIO MENDEZ SUAREZ, EURIDICES DEL VALLE MENDEZ SUAREZ, MARIANELA JOSE MENDEZ SUAEZ, GRACIELENA DEL VALLE MENDEZ SUAREZ, y JESUS RAFAEL MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-4.045.707, V-10.285.750, V-8.316.284, V-5.476.248, V-4.048.244, y V- 871.228 respectivamente, sus condiciones de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de quien en vida se llamara CARMEN ELENA SUREZ DE MENDEZ, fallecido en fecha 21 de Febrero de 2015, domiciliado en la calle Freites, con calle Democracia, Centro Medico Total, de Puerto La Cruz, a la edad de 87 años, de estado civil casada, de ocupaciones Oficios del Hogar, con cédula de identidad Nro. V- 1.320.824, natura.....