En el sub iudice, habiendo alegado los ciudadanos LEON NATIVIDAD SANTAMARIA RODRIGUEZ y BENITA SURGELIS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 9.459.278 Y v- 11.416.429 respectivamente, en el escrito que contiene su solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185 –A del Código Civil, que tienen el "... domicilio conyugal calle Bolívar, casa número 10, Urbanización Los Cerezos, Municipio sotillo, Puerto La Cruz, estado Anzoátegui"; vale decir, que el domicilio conyugal lo establecieron en jurisdicción del Municipio Juan Antonio Sotillo, de este estado, fuera del ámbito territorial de este Juzgado; este Tribunal con fundamento en el artículo 754, en armonía con los artículo 131, ordinal 2º; 47 , todos del Código de Procedimiento Civil y artículo 3º de la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuel.....