Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana GLORIA ESPERANZA MÁRQUEZ DE ANDREWS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 13.522.486, obrando con el carácter de causahabiente del demandado ciudadano MANUEL MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.091.452, debidamente asistida por el abogado PEDRO GERARDO ZAMORA SUAREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.518.