En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la ciudadana YOSELYN DE JESUS GONZALEZ RODRIGUEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.052.238, debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Primera (A) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ABG. GABRIELA NATERA, en donde se encuentra involucrada su hija la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) quien es hija del ciudadano ZAINER ADAYD LABARCA, venezolano, mayor de edad, titular.....