En consecuencia, este Tribunal de Protecciòn del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02 en Uso de sus Atribuciones legales conferidas en el Articulo 375 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente y en Interes Superior de los niños DAVID JESUS y YIBEGLYS VALENTINA "GUERRA GUTIERREZ, de seis (06) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 8 de la citada Ley el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a niños o adolescente para asegurar su desarrollo integral asì como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantias HOMOLOGA, por ser procedente en todas y cada una de sus partes el presente convenio. Esta Sala de Juicio N°.02, ORDENA, oficiar al Departamento de Recursos Humanos de la Empresa de Seguros Médicos MEDITOTAL, ubicada en la avenida Intercomunal, sector Las Garzas, Estado Anzoátegui, particpandole del presente convenimiento. Se le advierte a las parte.....