Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso contencioso de nulidad ejercido por las Abogadas Eudelys León, Sunilza Michel y Carolina Carvajal, en sus condiciones de apoderadas judiciales de la Empresa PETROPIAR C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 0001-2009, emanada de la Inspectoria del Trabajo de Barcelona Estado Anzoátegui, de fecha 7 de enero de 2009, mediante la cual ordeno el reenganche y pago de salarios caídos a favor de la ciudadana Virmaris Astudillo Sifontes contra la referida empresa.