Barcelona en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de EJECUCION DE LA HOMOLOGACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, procedente de la Fiscalía décima Tercera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presentado por la ciudadana CARMEN MARYURY PEDRIQUE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 15.514.981, en contra del ciudadano ALEXIS RAFAEL VARGAS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V -14.477.184, en beneficio de sus hijos Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se .....