en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, presentado por los ciudadanos: MANUEL JOSE PEÑA MARTINEZ Y MARIA FATIMA MARQUES DE PEÑA GALDONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.820.832 y V-15.563.851, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio RADELIS SALAZAR , inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 31.526, donde se encuentra involucrada sus hijos, los adolescentes y niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , median.....