En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01, Admite la solicitud de Divorcio y sus anexos, interpuesta por los ciudadanos GREGORIO JESUS RIVERO ROJAS y YOHANA DEL VALLE HUDLES SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad números V-13.914.574 y V-13.914.788, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por los abogados en ejercicio BOGART ENRIQUE GONZALEZ PACHECO y NATHALY LEON ALFONZO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 52.193 y 98.218, respectivamente, y fundamentada en las previsiones del Artículo 185-a del Código Civil, por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las buenas o a alguna Disposición expresa de la Ley, cuanto ha lugar en derecho.- Notifíquese a la ciudadana Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial que conozca de esta materia, para que en un lap.....