Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA la LIBERTAD del ciudadano ALEJANDRO RAFAEL GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.955.278, natural del Estado Guárico, donde nació en fecha 26/05/1987, de 18 años de edad, soltero, Obrero, hijo de Juan González y Delia García, residenciado en Calle Fermín Toro, Casa N° 03, Barrio Valle Verde, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal; por aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 256, Ordinales 3° y 6°, del Código Orgánico Procesal Penal, que consisten en: 1.- Presentación periódica cada QUINCE (15) DÍAS por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, a partir del dí.....