en consecuencia éste Tribunal en cuanto a las MEDIDAS PROVISIONALES solicitadas DECRETA, PRIMERO: Embargo Sobre el Salario Integral Neto mensual que devenga el Ciudadano AGELVIS MANUEL VIZCAINO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.865.623, en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300,000,oo) mensuales, a razón de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo), quincenales, los cuales deben ser remitidos en cheque de Gerencia a nombre de la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA MACADAN MARIN, en su carácter de representante legal de los Adolescentes y niña:(Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , los primeros cinco días de cada mes. Igualmente se establece que los gastos de medicina, calzado, vestuario, odontológicos, recreación, etc., serán cubiertos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%), ca.....