el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: ISIDRO ANTONIO BOLIVAR, EXILA BOLIVAR y AFRODITA ANTONIA BOLIVAR DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 4.002.657, V-2.442.037 y V-1.981.829 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta: EUFROCINA BOLIVAR, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, Maestra Normalista, titular de la cédula de identidad Nº 2.746.523, y quien falleció Ab- intestato en fecha 10 de Abril del año 2009, en la Quinta Carrera Sur, N° 439, entre Calles 17 y 18 Sur, Pueblo Nuevo Sur de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y así se decide.-