En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Su Incompetencia Sobrevenida para conocer del Recurso de Nulidad incoado por el Instituto Autónomo Anzoatiguense de Salud- SALUDANZ, representado en este acto por los abogados Wilfredo Guzmán González, Rosa Evelyn Pereira Navas, José Luis Martínez Osto, Brenda Rojas Fuentes, Gladys Ramos, Neidy Graciela Álvarez, Peter Fernández Carreño, Humberto José Rodríguez, Raquel Aranguren Belisario, Sybill Christopher Robinson, Jennys Parra López y Ricardo Escalona Tayupo, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrosº 103.791, 106.351, 119.128, 29.896, 43.021, 81.145, 37.809, 109.076, 111.605, 126.648, 31.671, 86.961 y 60.372, respectivamente, contra auto de fecha 26 de Octubre del año 2011, emanado de la Inspectoría del Trabajo en los M.....