Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente proceso contentivo de la acción mero declarativa incoada por la ciudadana BERTA MARITZA GUTIERREZ GUIPE, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº V-5.194.911, debidamente asistida por el abogado en ejercicio NELSON VARGAS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.833.029, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.733, en contra del ciudadano FAUSTINO AGUILAR GRILLO, de nacionalidad española, mayor de edad, con domicilio en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad Nº E-787.771, ordena reponer la presente causa al estado de notificar al represe.....