Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del ciudadano ENRIQUE JOSE URDANETA PINEDA , portador de la Cédula de Identidad V-12.336.736, natural de Maracay, Estado Aragua, de 30 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio deportista, residenciado al Final de la Avenida el Ejercito, sector Caño Salado, Nueva Barcelona, Estado Anzoátegui, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Comandante de la Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial N° 01, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana ENRIQUE JOSE URDANETA PINEDA, en su condición de Víctima, siendo extensiva dic.....