En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia con la Sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional en fecha 9 de diciembre de 2016, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana MAGLIO BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 5.341.095, y por consiguiente disuelve el vínculo matrimonial que le une con la ciudadana VIRGINIA COROMOTO MEJIAS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.783.249, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo en fecha 18-12-2007 del Estado Anzoátegui en fecha .....